jueves, 25 de octubre de 2007

Problemática jurídica de la tipificación del femicidio

Aquí nos encontramos con un articulo extraido del diario el mercurio en la que se puede ver la problemática jurídica en torno al femicidio.


Sistema penal y “femicidio”


¿Es necesario crear nuevos delitos, como el llamado “femicidio”, para enfrentar la delincuencia? Se contesta afirmativamente ante la notoriedad que han tenido últimamente los delitos cometidos contra mujeres: víctimas débiles e indefensas. Es usual responder a la violencia o a las demandas sociales de seguridad con reformas legislativas, sobre todo penales.
La propuesta de crear el tipo penal de “femicidio” se ofrece como respuesta a las exigencias sociales de justicia. Lamentablemente, este camino omite informar y aclarar que nuestro Código Penal ya castiga figuras de homicidio, y de lesiones, y contempla numerosas circunstancias agravantes que permiten considerar la situación especial de la víctima, como su sexo. Las herramientas existen, sólo falta que las usen quienes deban hacerlo. Incluso, hay una ley especial que se ocupa de la violencia doméstica dentro de la familia (Ley 20.066).
El uso inadecuado de los recursos contribuye a fomentar la insatisfacción social con el sistema punitivo.Más leyes no resuelven necesariamente las dificultades, si ellas no tienen más que un efecto simbólico, que primero tranquiliza y luego evidencia su inutilidad práctica. Legislación de este tipo, antes que satisfacer demandas sociales de mayor “justicia penal”, las aumentan.
Tatiana VargasDoctora en Derecho Universidad de los Andes

Comentarios a esta posición:

No entiendo bien su punto. Pero si usted aboga por eliminar la figura jurídica del parricidio y dejar a todos los homicidios (con sus agravantes y atenuantes) como una única norma, yo estoy de acuerdo con usted.
Pero si existe un tipo de condena máxima para los homicidas que son esposos o convivientes y otra condena máxima mucho menor cuando el homicida es pololo, novio, enamorado u amante, entonces es una clara y a mi juicio injustificada discriminación de nuestra legislación.
Posteado por: Bob Gibson . (Agosto 6, 2007 09:50 AM)


Al igual que sucede en muchas cosas, la invencion de nuevas tipificacíones busca relativizar el delito, y la pena.
Si un pololo mata a su polola, será femicidio simple; si son novios entonces será femicidio agravado, si ya firmaron, será un femicidio grave, y si están casados entonces será femicidio con alevosía..... ( no tipificados: maiga con ventaja, acompañante ocasional, amante, etc.); ojo con los taenuantes, ya que será irreprochable conducta anterior no haber tenido relación alguna con mujeres.....
Que lesera, en todos los casos hablamos de homicidio y punto, con sus agravantes y atenuenates.
No es un problema de genero, ni de perfeccionar la legislación: simplemente aplicarla, no buscandole el cuesco a la breva.
Posteado por: michael heavey (Agosto 5, 2007 07:35 PM)

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